Si te queres divorciar tenés que presentarte ante el juez pidiendo el divorcio.
Podés divorciarte en cualquier momento. No hay que esperar que pase un tiempo de casados.
Antes se exigía una causa para justificar el pedido: adulterio, injurias, abandono, etc. Hoy no es necesario: podés divorciarte porque querés hacerlo y punto.
Con el pedido de divorcio tenés que acompañar una propuesta que indique quién se queda viviendo en la casa, cómo se distribuirá el tiempo con los hijos, lo relacionado con la cuota alimentaria, etc.
Esta propuesta reguladora del divorcio, es el conjunto de medidas que proponen los cónyuges para hacer frente a las consecuencias del divorcio. Pueden presentar una propuesta juntos o presentar cada uno su propuesta por separado.
Las cuestiones que debe incluir la propuesta reguladora del divorcio son las siguientes:
- Tiene que contener soluciones para:
- La vivienda.
- La distribución de los bienes.
- Los alimentos para los hijos.
- El cuidado personal de los hijos (antes se hablaba de “la tenencia”).
- El régimen de comunicación (antes conocido como “régimen de visitas”).
- Las posibles compensaciones económicas entre los cónyuges.
El desacuerdo sobre la propuesta reguladora no suspende la sentencia de divorcio. En todo caso, las partes seguirán discutiendo después las consecuencias de la disolución del vínculo.
La compensación económica es una suma de dinero o equivalente que le corresponde al cónyuge que sufre un desequilibrio económico como consecuencia del divorcio. Puede ser un pago único o una renta. Puede pagarse con dinero, con el usufructo de algunos bienes o de cualquier otro modo.
No siempre corresponde la compensación económica, tenés que probar que sufriste un desequilibrio económico a causa del divorcio.
Si no se ponen de acuerdo sobre la compensación económica, la fija el juez. Para ello, tiene en cuenta, entre otras cosas:
- El patrimonio de los cónyuges cuando se casaron y el patrimonio que tenían al momento de pedir el divorcio.
- Dedicación de cada uno a la familia, crianza y educación de los hijos.
- Edad y estado de salud de los cónyuges y de los hijos.
- Capacidad laboral y posibilidad de acceder a un empleo del cónyuge que pide la compensación.
El plazo para pedir la compensación económica es antes de que pasen 6 meses de la fecha en que se dictó la sentencia de divorcio.