Ley 26.331
La ley protege los bosques y los clasifica por su nivel de conservación, establece límites al desmonte y tiene en cuenta los intereses de las comunidades indígenas.
Bosques protegidos
¿Cuáles son los bosques protegidos por la ley?
Todos. La protección incluye a los árboles, las plantas y animales que habitan en los bosques, el suelo, subsuelo y atmósfera, con su clima y aguas propias.
¿Existen diversas categorías de bosques?
Sí. Las categorías se relacionan con la conservación de los bosques y son:
- Categoría I (rojo): sectores de muy alto valor de conservación que no deben transformarse. Son los que deben permanecer como bosques para siempre.
- Categoría II (amarillo): sectores de mediano valor de conservación. Se trata de zonas que pueden estar degradadas, pero que con adecuadas actividades de restauración pueden tener un valor alto de conservación y ser usados para: aprovechamiento sostenible, turismo, recolección e investigación científica.
- Categoría III (verde): sectores de bajo valor de conservación que pueden transformarse parcialmente o en su totalidad.
¿Existe alguna compensación para quienes dentro de sus propiedades tienen un bosque protegido?
Sí. La ley crea el Fondo Nacional para la Conservación de los Bosques Nativos. El 70% de ese fondo es para compensar a los dueños de tierras en las que hay bosques.
El beneficio consiste en un aporte no reintegrable, que se paga por hectárea y por año.
El propietario asume la obligación de realizar un plan de manejo y conservación del bosque.
¿Tienen alguna protección los bosques afectados por incendios u otros desastres naturales?
Sí. La ley dispone que esos bosques deben ser recuperados y restaurados.
Desmonte
¿Está autorizado el desmonte de los bosques?
Todo desmonte o manejo sostenible de bosques necesita autorización previa.
En ningún caso se puede autorizar el desmonte de bosques clasificados como Rojo o Amarillo.
¿De qué depende que se autorice el desmonte de un bosque?
De un estudio de impacto ambiental que tiene en cuenta, entre otros aspectos:
- Los posibles efectos negativos del desmonte sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, el agua y el aire.
- La reubicación de comunidades humanas, o cambios importantes en los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
- Si el bosque está cerca de poblaciones, recursos y áreas protegidas que pueden ser afectados por el desmonte, así como el valor ambiental del territorio.
- Si el proyecto producirá alteración en el paisaje o en el valor turístico de la zona.
- Si el proyecto alterará monumentos o lugares con valor antropológico, arqueológico, histórico o del patrimonio cultural.
Indígenas
¿La ley se aplica a los bosques habitados por comunidades indígenas?
La ley no se aplica a zonas de menos de 10 hectáreas que pertenezcan a comunidades indígenas o pequeños productores.
¿Son considerados los intereses de las comunidades indígenas que ocupan esas zonas?
Sí. Debe escucharse a las comunidades indígenas y asegurarse su acceso a la información en todo lo relacionado con el manejo de bosques.
Además, el proyecto de desmonte o de manejo del bosque debe reconocer y respetar los derechos de las comunidades indígenas que ocupan esas tierras.