ACCIDENTE DE TRANSITO – PEATONES – CRUCE DE CALLES – EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD – CULPA DE LA VICTIMA – RESPONSABILIDAD DEL PEATON

Corresponde confirmar la sentencia que rechazó la demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente tránsito ocurrido entre un automotor y un peatón, toda vez que, enmarcada la responsabilidad objetiva (art. 1.113 del CC), la accionada acreditó la culpa de la víctima (art. 1.111 CC), desde que la prueba demuestra que el actor no cruzó por la senda peatonal.

REFERENCIAS
Referencias Normativas: Ley 340 Art.1111, Ley 340 Art.1113

FALLOS
CAMARA DE APEL. EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y DE MINERIA , NEUQUEN, NEUQUEN
Sala 01 (Jorge Pascuarelli – Cecilia Pamphile)
FERNANDEZ, AXEL LIONEL. c/ LEVICURA, CEFERINO. s/ D. Y P. POR USO AUTOMOTOR C/ LESION O MUERTE.
SENTENCIA, 36/2013 del 14 DE MARZO DE 2013
Nro.Fallo: 13070036

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