Cabe denegar los gastos de reparación de un vehículo solicitados por el actor en su carácter de usuario del rodado, en razón de los daños derivados de un accidente de tránsito, pues de la documentación acompañada no surge acreditado el uso continuo del mismo, tenerlo de hecho en su poder aunque sea a nombre de otra persona, haber efectuado el pago de patente, contar mínimamente con un boleto de compraventa, haber requerido presupuesto a su nombre y conducido el mismo como propietario al momento del accidente – art. 163 inc. 5 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires-.
REFERENCIAS
Referencias Normativas: DECRETO LEY 7425/68 Art.163
FALLOS
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL , PERGAMINO, BUENOS AIRES
(Graciela Scaraffia – Hugo Alberto Levato)
Sayal, Cristian Gabriel Y Otro/A c/ Giuliano, Raúl Horacio Y Otros s/ Daños Y Perj.Autom.C/Les.O Muerte (Exc.Estado)(99)
SENTENCIA del 13 DE JULIO DE 2013