En lo que respecta al rubro privación de uso del vehículo a causa de la destrucción total producida por el siniestro, corresponde indemnizar a la actora desde que se produjo la mora de la aseguradora demandada, ya que la actora hubiera podido adquirir un vehículo para movilizarse si la aseguradora hubiera abonado el monto correspondiente a la destrucción total del vehículo asegurado dentro del plazo que el contrato le otorgaba, este rubro no hubiera podido ser reclamado por la limitación que se establece en la póliza, pero al caer en mora, la limitación también cae.
FALLOS
CAMARA DE APEL. EN LO CIVIL, COM., LABORAL Y MINERIA 2da CIRC. , GENERAL PICO, LA PAMPA
Sala B (IBAÑEZ – RODRÍGUEZ)
Sucesores de Mattio, Omar Arturo c/ Liderar Compañía General de Seguros s/ ordinario
SENTENCIA del 12 DE ABRIL DE 2017