El hecho que la actora haya optado por la vía civil como fundamento de su reclamo por considerarla más beneficiosa en lo que hace a la reparación integral perseguida respecto de la que otorga la LRT, no obsta que se la condene hasta el límite de la póliza, en virtud del contrato de afiliación suscripto entre la aseguradora y la demandada en autos. (Sumario confeccionado por el SAIJ).
DATOS DEL FALLO
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL
Sala 10 (DANIEL E. STORTINI, ALVARO E. BALESTRINI, MARIO S. FERA)
FARINA, MARTA BEATRIZ c/ PROVINCIA A.R.T. S.A. Y OTRO s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
SENTENCIA del 5 DE FEBRERO DE 2009