LEY SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO – ACCIDENTE IN ITINERE – ACCIÓN CIVIL POR ACCIDENTE DE TRABAJO – IURA NOVITCURIA

Si bien el actor inició su reclamo por daños y perjuicios por el accidente in itinere sufrido, dado que el Juez está facultado a aplicar el derecho que regula la situación fáctica que, denunciada por las partes, resulta acreditada en la causa, con prescindencia de las afirmaciones o argumentaciones de orden legal formuladas por los litigantes e independientemente del encuadre jurídico que ellos asignen a sus relaciones (conf. CSJN G.619.XXII, en autos “Gaspar, Rodolfo y otros c/Segba SA), más allá de que la parte actora omitió peticionar las prestaciones de la LRT por el accidente acaecido, en virtud del principio “iura novit curia” corresponde aplicar lo dispuesto en la LRT.

DATOS DEL FALLO
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, CAPITAL FEDERAL
Sala 03 (Cañal – Catardo – Rodríguez Brunengo)
Sampedro, Manuel c/ Transporte Santa Fe SA Línea 39 s/ Accidente – Acción Civil
SENTENCIA, 92986 del 28 DE FEBRERO DE 2012

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