Procede imponer una multa de 50 mopres a una aseguradora por infringir lo dispuesto en la resolución srt 104/98: 2, con relación a la enfermedad profesional padecida por un trabajador, por cuanto el plazo para abonar en término el pago único correspondiente a la incapacidad laboral permanente parcial definitiva venció, en el caso, el 3.9.03, teniendo en cuenta la sentencia de la cámara federal de la seguridad social, no obstante lo cual la integridad de la prestación ocurrió el 14.12.04.
DATOS DEL FALLO
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL, CAPITAL FEDERAL
Sala A (UZAL – MIGUEZ – KÖLLIKER FRERS.)
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ PROVINCIA ART s/ ORGANISMOS EXTERNOS.
SENTENCIA, 39396/07 del 12 DE FEBRERO DE 2008