La Ley de Riesgos del Trabajo de 1995 es incompatible con el orden constitucional, pues ha negado todo tipo de reparación al trabajador víctima de una enfermedad que guarda relación de causalidad adecuada con el trabajo, por el sólo hecho de que aquélla no resulta calificada de enfermedad profesional en los términos de dicha norma ( Voto de los Dres. Carlos S. Fayt y Enrique S. Petracchi).
DATOS DEL FALLO
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL
(Mayoria: Lorenzetti, Highton de Nolasco, Maqueda, Zaffaroni Voto: Fayt, Petracchi, Argibay)
Silva, Facundo Jesús c/ Unilever de Argentina S.A.
SENTENCIA del 18 DE DICIEMBRE DE 2007