En un accidente de tránsito acaecido en una bocacalle entre una moto que circulaba por la derecha y un micro de transporte urbano, corresponde atribuir el 100% de responsabilidad al conductor del micro, pues ni el presunto arribo anterior a la bocacalle ni revestir la condición de embestido, son circunstancias que excluyan la conducta culpable del conductor del ómnibus que no respetó la prioridad de paso del motociclista.
FALLOS
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL (MAR DEL PLATA) , MAR DEL PLATA, BUENOS AIRES
(Monterisi – Trobo – Loustaunau)
Martinez Hector Leandro c/ Transportes 25 de mayo SRL y otro s/ daños y perjuicios
SENTENCIA del 29 DE NOVIEMBRE DE 2012
Nro.Fallo: 12011192