La maniobra de girar hacia la izquierda en una avenida de doble mano, interponiéndose en la línea de marcha del otro vehículo; sin cerciorarse debidamente que no circulan vehículos por la contramano, es una conducta imprudente que provoca el accidente de tránsito, pues es una norma de prudencia esperar a que se produzca una interrupción en el tránsito a fin de realizar el giro a la izquierda sin riesgo para el automovilista que intenta doblar y para los que conducen por la mano contraria.
FALLOS
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL , FORMOSA, FORMOSA
(Bentancur – Boonman)
Maglietti, Alberto R. y otra c/ Arevalo, Victor Heraldo s/ ordinario
SENTENCIA del 4 DE OCTUBRE DE 2012