Resolución 472/94 SRN y AH
La ley protege a los animales silvestres que forman parte de circos, zoológicos o cualquier otra exhibición ambulante.
Registro y documentación
¿Qué obligaciones tienen los zoológicos, circos u otras exhibiciones ambulantes?
Deben registrar a los animales en el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.
El Ministerio les da un certificado de cría en cautiverio.
¿Qué datos contiene el certificado de cría en cautiverio?
Tiene que tener un número, los datos del animal y del propietario.
Además, cada animal debe estar marcado o identificado para que las autoridades puedan controlar que el certificado corresponde a ese animal
¿Cuánto dura el certificado de cría en cautiverio?
3 años.
¿Qué pasa si el animal deja de pertenecer a la exhibición?
Si el animal deja de pertenecer a la exhibición por muerte, venta, robo u otra causa, el certificado debe ser devuelto a la autoridad que lo otorgó.
Animales nacidos en cautiverio
¿Qué pasa con los animales nacidos en cautiverio?
Tienen que tener un certificado de cría en cautiverio.
Los responsables del animal tienen que probar el nacimiento de la cría dentro de los 30 días.
Si se trata de exhibiciones extranjeras que están de paso en el país, también tiene que tener el certificado.
Espectáculos extranjeros
¿Qué sucede con los espectáculos extranjeros que ingresan al país con animales?
Tienen que tener un certificado por cada animal.