ASEGURADOR POR RIESGOS DEL TRABAJO – MULTA – PORCENTAJE DE INCAPACIDAD – BAREMO

Corresponde aplicar una sanción de multa de 460 mopres a una aseguradora de riesgos del trabajo (art) por incumplir el punto f) del capitulo 2 del anexo i de la resolución srt nº 744/00, y en los puntos 1.1.4, 1.1.5 y 1.1.6 de la resolución 744/03 con relación a ciertos trabajadores; ello así pues la sanción se aplicó toda vez que la aseguradora no habria aplicado correctamente la tabla de evaluación de incapacidades laborales “baremo” contenida en el decreto 659/96; no habria solicitado la intervención de la comisión médica jurisdiccional (cmj) dentro de los 45 dias habiles contados desde la fecha del alta medica. Asimismo se le reprocho haber incumplido con lo dispuesto en el punto 1.1.5 de la resolución nº 744/03 toda vez que no habría solicitado la intervención de la oficina de homologación y visado (o.h. y v.) dentro de los quince dias hábiles desde el acuerdo.

REFERENCIAS
Referencias Normativas: DECRETO NACIONAL 659/1996

DATOS DEL FALLO
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL, CAPITAL FEDERAL
Sala C (MONTI – CAVIGLIONE FRAGA – OJEA QUINTANA.)
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ LIBERTY ART SA s/ APELACIÓN DIRECTA.
SENTENCIA, 53252/07 del 8 DE FEBRERO DE 2008

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