En este artículo continuaremos aprendiendo cuales son los requisitos esenciales y establecido por la Ley de Habeas Data para que una persona puedas salir del veraz en tan solo cinco (5) días.
En el artículo anterior que entonces en claro que para poder salir del veraz en los casos que no se haya podido par una o varias deudas, el plazo mínimo que exige la ley que debe transcurrir desde que se pagó la última cuota de esos créditos, es de cinco (5) años, hasta que pedimos la desafectación de la firma.
Si no se encuentran reunidos o no transcurrieron esos cinco años, que repetimos, se deben contar desde el momento que pagamos la última cuota del crédito por el que figura afectada nuestra firma, hasta el momento que solicitamos salir del veraz, por ejemplo; no podemos pedir la liberación de una firma.
Si la persona tiene afectada su firma por un espacio de más de cinco años, lógicamente estará en condiciones inmediatas de poder desafectar su firma.
De lo contrario, si no transcurrieron más de cinco años desde que cayó en mora en el pago de las cuotas de su crédito, entonces no podrá pedir quedar libre del Veraz, Banco Central, etc.
Ahora, como podemos saber si ya transcurrieron los cinco años para desafectar nuestras firmas?… Esa respuesta la brindaremos en otro artículo venidero. Esperamos tus comentarios.