En los juicios en los que se imputa responsabilidad médica por mala praxis, la prueba debe versar sobre los actos u omisiones del médico que demuestren una actividad negligente o imprudente o falta de la pericia necesaria, pero no solamente sobre el resultado negativo del tratamiento pues aunque ese resultado no fuere el esperado no compromete responsabilidad alguna si aquella conducta considerada reprochable no está probada suficientemente.
DATOS DEL FALLO
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, LA PLATA, BUENOS AIRES
(Negri-de Lázzari-Salas-Roncoroni-Hitters)
Moreno, Sebastián Carlos y otro c/ Fundación Médica de Mar del Plata y otro s/ Daños y perjuicios
SENTENCIA del 16 DE JULIO DE 2003