La historia clínica es tuya y podés pedirla en cualquier momento.
Es el documento donde están todas las actuaciones médicas que te realizaron y la información sobre tu salud.
Tenés derecho a pedir toda la información por escrito para poder hacer consultas con otros médicos.
Deben dártela dentro de las 48 horas de tu pedido. Si se trata de una urgencia, tienen que dártela antes.
Si no podes retirarla vos, la pueden retirar, entre otros: tu cónyuge o la persona que convive con vos, tu representante legal (tu abogado, por ejemplo) y los médicos autorizados por vos.
Si no te quieren dar la historia clínica, podes iniciar una acción legal que se llama Hábeas Data.
La ley establece los derechos del paciente y las obligaciones de los centros de salud.
La ley garantiza el trato digno y respetuoso, lo que implica que te traten bien, que respeten tus pensamientos sobre cuestiones de género, pudor e intimidad. Las personas que te acompañan también tienen este derecho al trato digno.
Como paciente tenés derecho a saber sobre tu estado de salud y los posibles tratamientos. Podés decidir si querés recibir o no los tratamientos que prolonguen tu vida artificialmente.
Toda persona tiene derecho a ser asistida por médicos. Sólo pueden dejar de atenderte cuando se haya hecho cargo otro médico o personal competente.
La ley garantiza el trato digno y respetuoso, lo que implica que te traten bien, que respeten tus pensamientos sobre cuestiones de género, pudor e intimidad. Las personas que te acompañan también tienen este derecho al trato digno.
Tenés derecho a que los médicos te den una explicación clara sobre:
- Tu estado de salud.
- Los beneficios y riesgos de los tratamientos que te recomiendan.
- Las consecuencias de no seguir los tratamientos recomendados.
Podés pedir que te den toda la información por escrito para hacer consultas con otros médicos.
También tenés derecho a negarte a recibir toda o parte de la información que no quieras conocer.
Como paciente tenés derecho a que los equipos médicos respeten tu intimidad y no den a otras personas información sobre tu salud.
Los médicos que te atienden sólo pueden informar a otros tu estado de salud:
• Cuando tienen tu autorización.
• Cuando un juez se lo pide.
Después de que el médico te explica claramente cuál es el tratamiento recomendado, sus beneficios y sus riesgos, te pregunta si lo querés aceptar. Esa aceptación se llama “consentimiento informado”.
Podés hacer todas las preguntas que quieras al médico antes de dar tu consentimiento para un tratamiento o intervención médica.
Sólo en casos excepcionales los médicos pueden atenderte sin tu consentimiento. Eso puede pasar cuando:
- Existe grave peligro para la salud pública.
- Está en grave peligro tu salud o tu vida y no podés dar tu consentimiento ni lo pueden dar tus representantes legales.
Siempre podés negarte a recibir un tratamiento.
En caso de tener una enfermedad irreversible, incurable o en estadío terminal, tenés derecho a negarte a que te alimenten, te hidraten o te reanimen si esos procedimientos producen mucho sufrimiento y no sirven para que tu salud mejore.
También tenés derecho a pedir que te retiren las medidas de soporte vital si no sirven para que tu salud mejore.