Corresponde reducir la suma indemnizatoria otorgada a una mujer que realizaba tareas domésticas, quien reclamaba por las diferencias salariales por las vacaciones y los feriados no gozados, y por la indemnización en virtud del despido, en tanto que al momento en que se desarrolló el vínculo laboral con la demandada, la relación estuvo regida por la ley provincial N° 1362 y su Decreto Reglamentario N° 715/1992, y por el Decreto Ley Nº 326/1956, y no por la Ley Nacional Nº 26.844.
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de General Pico
Fecha: 26-10-2016