Pensión no contributiva para adultos mayores

Decreto 432/1997

La pensión no contributiva para adultos mayores protege a los mayores de 70 años que no tienen otros medios para vivir.

Pensión no contributiva para adultos mayores

¿Qué es la pensión no contributiva para adultos mayores?

Una suma de dinero que pueden cobrar mensualmente las personas mayores de 70 años que no tienen otros recursos económicos.

¿Por qué se llama ¨no contributiva¨?

Porque la podés cobrar aunque no hayas hecho aportes.

¿Cuántos años hay que tener para cobrar la pensión no contributiva para adultos mayores?

70 o más.

Requisitos

¿Qué requisitos tengo que cumplir para cobrar la pensión no contributiva para adultos mayores?

Tenés que:

  • Ser argentino.
  • Si sos extranjero, tenés que probar que vivís en el país hace más de 40 años.
  • Presentar tu Documento de Identidad con tu domicilio.
  • Demostrar que no tenés parientes que te ayuden.

¿Puedo cobrar la pensión no contributiva si cobro una jubilación?

No.

¿Puedo cobrar la pensión no contributiva si mi esposo cobra una jubilación?

No.

¿Podemos cobrar la pensión no contributiva mi esposo y yo?

No.  Puede cobrar la pensión uno solo de los esposos.

Duración

¿Por cuánto tiempo puedo cobrar la pensión?

La pensión dura toda tu vida, a menos que haya una causa para suspenderla o para finalizarla.

¿Cuáles son las causas para que finalice mi derecho a cobrar la pensión?

  • Fallecimiento.
  • Renuncia.
  • Abandono del país.
  • Falta de cobro por 3 meses consecutivos sin causa justificada.
  • Empezar a cobrar una jubilación o pensión.
  • Finalización de la situación por la que te dieron la pensión.
  • Condena a prisión o reclusión por más de 3 años.

¿Por qué pueden suspender el pago de la pensión?

La pensión se suspende en estos casos:

  • Si no cumplís con tus obligaciones.
  • Si te citan varias veces por algún trámite relacionado con tu pensión y no vas.
  • Si cobras la pensión a pesar de saber que no te corresponde.
  • Si estás detenido a disposición de la Justicia.

¿Pueden embargar mi pensión?

No.

¿Puedo pasarle mi pensión a otra persona?

No.

¿Tengo que pagar algo para tener la pensión?

No.  El trámite es totalmente gratuito.

¿Qué pasa con la pensión cuando muere el titular?

Puede cobrarla su esposo o esposa si tiene más de 70 años o está incapacitado para el trabajo y dependía económicamente del fallecido hasta la fecha de su muerte.

También puede cobrarla su pareja, si convivió con el titular por más de 5 años y tiene más de 70 años o está incapacitado para el trabajo y dependía económicamente del fallecido hasta la fecha de su muerte.

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