Continuamente las personas nos están preguntando si es posible salir del veraz del Banco Central. La respuesta es Sí. La cuestión es cómo debería ser el trámite para alcanzar este objetivo en poco tiempo.
En primer lugar tenemos que aclarar que la base de datos comerciales que lleva el Banco Central de la República Argentina no se llama “veraz”. Ese término se le asigna erróneamente por los distintos empleados de las casas comerciales o de bancos cuando una persona concurre a estos establecimiento en busca de un crédito, el empleado lego de fijaren la pantalla de su PC, le dice erróneamente: “usted está afectado en su firma por el veraz del Banco Central”, cuando ese nombre solo es utilizada por la empresa privada que todos hemos oído nombrar dedicada a la proporción a empresas, bancos, financieras, etc., de datos comerciales de personas físicas o jurídicas.
Es importante saber distinguir esta diferencia, entre el Banco Central, que es una entidad bancaria pública del Estado Nacional, y la empresa Equifax Veraz S.A., que es una empresa de datos comerciales privada. Ello tiene su importancia atento que de estas situaciones se deriva el tiempo de demora de la desafectación de las firmas de las personas sean que están informadas en una u otra base de datos comerciales.
El Veraz, generalmente ante nuestra gestión. No demora más de cinco días. Es decir cumple al pie de la letra con lo establecido por la Ley de Habeas Data, que impone un plazo máximo de cinco (5) días para desafectar las firmas de las personas que por nuestro intermedio así se requiere. Mientras que el Banco Central, al publicar los informes una vez por mes de todas las entidades bancarias, financiera y tarjetas de créditos, el plazo de demora de esa desafectaciones es mayor. De treinta a sesenta días, por la demora que lleva el Banco Central en las publicaciones atrasadas de esos datos.
Ahora bien. Ese trámite lo puede realizar el mismo afectado en forma directa como establece la Ley de Habeas Data?… En la práctica no, porque el Banco Central no atiende directamente a los particulares, sino que su trato, como entidad pública rectora de los demás bancos, financieras y tarjetas de créditos, solo se comunica con estas entidades, y es a ellos que debemos solicitar, conforme los trámites que nosotros realizamos, que procedan a comunicar al Central cuándo una persona ya no corresponde que aparezca informada como deudora o morosa.
Es decir que el pedido de desafectación de firma, como nosotros hacemos para salir del veraz, en estos casos, lo realizamos a la entidad bancaria, financiera o tarjeta de crédito que lo tiene informado, y es ella quien debe en el término de cinco (5) días de recibido nuestra intimación, y en cumplimiento de la ley que antes mencionamos, comunicar al Banco Central que se elimine los antecedes negativos crediticios que estén apareciendo y perjudicando al interesado.
Qué remedio le queda al interesado si las casas comerciales no comunican al Banco Central que deben desafectar la firma cuando así corresponde por aplicación de la ley?… Se lo contestaremos en un próximo artículo. Esperamos sus consultas.