Si, en el 2° párrafo del art. 1 de la Ley General de Sociedades 19.550, T.O. 1984 se establece que sólo podrán ser constituidas como anónimas.
Si, en el 2° párrafo del art. 1 de la Ley General de Sociedades 19.550, T.O. 1984 se establece que sólo podrán ser constituidas como anónimas.