Corresponde dejar sin efecto la sentencia que dispuso pena de prisión perpetua a un menor de edad por los delitos de robo calificado y homicidio triplemente agravado, pues la condena impuesta carece de la debida fundamentación de conformidad con los principios de subsidiariedad, “última ratio” e “interés superior del niño” que deben rigen el derecho penal juvenil, como tampoco se analizaron medidas tutelares menos gravosas a la prisión que tiendan la resocialización del menor.
DATOS DEL FALLO
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. ROSARIO, SANTA FE. (Erbetta – Falistocco – Gutiérrez – Netri – Spuler – Gastaldi)
C., D. F. s/ revisión penal
SENTENCIA del 1 de Noviembre de 2012