En esta nota responderemos en forma sencilla una pregunta que recibimos en forma permanente tanto en nuestro Estudio como por correo. La misma es: Se puede salir del Veraz con deudas pendientes de pago?…
La respuesta en principio parecería indicarnos que ninguna persona que tenga sus deudas sin cancelar podría ser desafectada en su firma de las distintas bases de datos comerciales como el Veraz, Banco Central, Nosis, Fidelitas, Seven, etc.
Como usuarios, las personas también tienen leyes que los protegen en su carácter de consumidor, y si bien el acreedor tiene su derecho a cobrar su deuda, paralelamente también tiene una obligación de cobrarla dentro de un determinado periodo de tiempo, transcurrido el cual, luego pierde ese derecho-obligación de cobrar la deuda, y surge el derecho del deudor de liberarse de la misma por ese mismo devenir del tiempo.
En otras palabras, por ejemplo, si el señor Jorge Aguirre obtuvo un crédito personal de una tienda como “Casa El Amigo”, y compró un televisor y una cocina, “Casa El Amigo” legalmente tiene dos (2) años para cobrar su crédito (su derecho a cobrar), o dicho de otra manera, si quiere percibir el monto del crédito tiene la obligación de exigirlo dentro de los dos años siguiente que otorgara el crédito, como establece el Código Civil Argentino.
Transcurrido ese tiempo de dos (2) años, el señor Jorge Aguirre (el deudor) puede rechazar cualquier demanda judicial que el dueño de “Casa El Amigo” pretenda realizarle, porque la acción judicial se encuentra prescripta. Es decir, el plazo de dos años que corría a favor del acreedor, también corre a favor del deudor para liberarlo de su deuda.
En consecuencia, las Deudas Sólo Pueden Exigirse Judicialmente hasta Dos (2) Años Después de que Fueron Contraídas. Luego de ese plazo se pueden rechazar.
Pero ese rechazo no implica que la persona se pueda desafectar en su firma. Si no puede pagar, o la refinanciación del crédito le parece excesivamente alto, deberá esperar cumplir los cinco (5) años que establece la Ley de Habeas Data para solicitar la supresión de los datos negativos para salir del Veraz, Banco Central, etc.
Esa espera de cinco (5) años, debe contarse desde el último mes que el señor Jorge Aguirre realizó el pago de la deuda si esta fuera un crédito, hasta el día de hoy. Es decir, el plazo de los cinco años se debe contar a partir del pago de la última cuota que pagara por ese crédito, y así, de los otros créditos que pudiera tener si fueran más de uno.
Para mayor información te invitamos a que nos escribas y nos comentes tu situación particular, así podremos orientarte mejor sobre el plan de regularización de tu situación crediticia que podrías adoptar.