¿Qué es una sucesión testamentaria?
Una sucesión testamentaria es la que se hace cuando una persona hace un testamento y dispone de sus bienes para después de su muerte, respetando las porciones legítimas.
¿Cuándo es nulo el testamento?
El testamento puede declarse sin validez en los siguientes casos:
- Por violar una prohibición legal;
- Por tener defectos de forma;
- Por haber sido otorgado por persona privada de la razón en el momento de testar. La falta de razón debe ser demostrada por quien impugna el acto;
- Por haber sido otorgado por persona judicialmente declarada incapaz;
- Por ser el testador una persona que sufre limitaciones para comunicarse en forma oral y, además, no saber leer ni escribir, excepto que lo haga por escritura pública, con la participación de un intérprete en el acto;
- Por haber sido otorgado con error, dolo o violencia.
¿Qué es un testamento ológrafo?
Testamento ológrafo es el que fue escrito a mano por el causante.
¿Qué es un testamento por acto público?
Testamento por acto público es el que se otorga mediante escritura pública, ante el escribano y dos testigos.
¿Se puede revocar o cambiar un testamento?
Sí. La persona que lo hace puede revocarlo o modificarlo.
¿Qué ocurre si hay dos testamentos?
El testamento posterior revoca al anterior.
¿Qué ocurre si después de hacer un testamento la persona se casa?
El matrimonio contraído por el testador revoca el testamento anteriormente otorgado.
¿Qué pasa si se encuentra en la casa del causante un testamento destruido?
Si el testamento se encuentra total o parcialmente destruido o cancelado en casa del testador, se presume que la destrucción o cancelación es obra suya, mientras no se pruebe lo contrario.
¿Qué es un albacea?
Es la persona designada en el testamento para lograr el cumplimiento de la voluntad del testador. El albacea debe inventariar los bienes y rendir cuentas.
¿Qué es la declaratoria de herederos?
Es la resolución que se dicta al final del proceso sucesorio. La declaratoria de herederos es una resolución dictada por un juez por la cual se reconoce el carácter de heredero universal a una o varias personas. Es decir, se declara que una o varias personas son las herederas del fallecido.