USURPACIÓN DE PROPIEDAD – BIEN JURÍDICO TUTELADO

El bien jurídico protegido por el delito de usurpación de propiedad —art 181 inc.1, Cód. Penal— es el efectivo ejercicio de facultades originadas en derechos reales que se ejercen sobre un bien inmueble, ya que procedan del dominio o de otras circunstancias relacionadas tales como la tenencia, posesión o cuasiposesión a que el título confiere derecho, o de la tenencia o posesión ejercida sin título que de derecho a ellos, siendo indiferente examinar la legitimidad del título que da derecho a tener o poseer el inmueble en cuestión.

DATOS DEL FALLO
CÁMARA DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL, SANTIAGO DEL ESTERO, SANTIAGO DEL ESTERO
(CARDENAS- LUNA ROLDAN- TOTTARO DE CIANFERONI (en disidencia) En mayoría: Cárdenas: Z109818/ Z109931/ Z110168/ Z110187 En minoría: Tottaro de Cianferoni: Z110169)
DIAZ RUBEN GUSTAVO, DIAZ MARIO s.d USURPACIÓN DE PROPIEDAD e.p RUIZ ANIBAL, MARTINETI VICTOR HUGO s/ RECURSO APELACIÓN
SENTENCIA, 11984 del 15 DE FEBRERO DE 2005

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