CUOTA ALIMENTARIA – ALIMENTANTE CON RECURSOS ECONÓMICOS

El quantum de la obligación alimentaria que pesa sobre un progenitor de gran fortuna, debe fijarse teniendo en cuenta la cobertura de todas las necesidades del menor, acorde a sus posibilidades, y no en proporción al gran caudal económico del alimentante, ya que no corresponde que éste comparta su fortuna con su hijo, sino que simplemente aporte los alimentos necesarios.

DATOS DEL FALLO
CÁMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL. AZUL, BUENOS AIRES.
Sala 01 (Bagú – Louge Emiliozzi – Comparato)
M. Y. M. c/ I. P. D. s/ alimentos
SENTENCIA del 22 de Noviembre de 2012

Posted in Posadas Misiones.