RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD: REQUISITOS PROPIOS – CUESTIÓN NO CONSTITUCIONAL – SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA – EXPROPIACIÓN INVERSA – INTERESES – INDEMNIZACIÓN – DESPOSESIÓN DEL BIEN

Carece de entidad constitucional para lograr la apertura del recurso de inconstitucionalidad el cuestionamiento relacionado con el momento a partir del cuál deben computarse los accesorios, desde que tales planteos tan solo demuestran la disconformidad de la quejosa para con lo resuelto por los sentenciantes, en ejercicio de atribuciones que le son privativas.

En efecto, el Tribunal a quo sostuvo que el titular del bien tiene derecho a la percepción de los intereses a partir del momento de la desposesión o desapoderamiento, dada la privación del uso y goce del bien, privación que representa el daño sufrido, es decir, a partir de allí debieron comenzar a correr los accesorios.

Por consiguiente, la fijación de los intereses a partir de la fecha de desposesión o desapoderamiento del inmueble resulta coherente con el criterio sentado precedentemente por el Tribunal de la causa, no advirtiéndose que en dicha tarea el órgano jurisdicente incurriera en falta de razonabilidad, incongruencia normativa o en fundamentación aparente, por lo que no cabe la descalificación del pronunciamiento por sentencia arbitraria.

DATOS DEL FALLO
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SANTA FE, SANTA FE
(GUTIERREZ – GASTALDI – NETRI – SPULER)
KOPP, ELDO c/ MUNICIPALIDAD DE SANTA FE s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD- ORDINARIO (EXPTE.: C.S.J. NRO. 199 AÑO 2003)
SENTENCIA del 15 DE DICIEMBRE DE 2004

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