ASEGURADOR POR RIESGOS DEL TRABAJO – CELERIDAD PROCESAL

El juzgador deberá examinar siempre que el domicilio de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo demandada tenga un punto de contacto con la relación laboral que da origen al contrato de cobertura de riesgos del trabajo que se pretende ejecutar, evitando, así, que el ejercicio de la opción de la sucursal implique en los hechos una desestructuración de la competencia territorial creada por el legislador en mengua de todos los principios que ella procura resguardar e incluso resquebrajando las reglas de celeridad e inmediatez que consolidan al juez del lugar del trabajo por ser el más conocedor de las específicas modalidades y circunstancias de los problemas laborales de la zona, amén de su lógica inmediación con los medios de confirmación del proceso; debiendo la respuesta jurisdiccional llegar en tiempo propio y con un menor desgaste para las partes involucradas, puesto que la distancia del foro respecto del domicilio del trabajador damnificado importará en la mayoría de los casos un inevitable dispendio temporal y jurisdiccional. (De la ampliación de fundamentos del Dr. Falistocco).

FALLOS
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA , SANTA FE, SANTA FE
(SPULER – GUTIERREZ – NETRI – GASTALDI – FALISTOCCO – ERBETTA)
MALDONADO, MATIAS DAMIAN c/ ASOCIART ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO (ART) S.A. s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
SENTENCIA del 6 DE ABRIL DE 2016

Posted in Posadas Misiones.