CUESTIONES DE COMPETENCIA – MENORES – INIMPUTABILIDAD – GUARDA DEL MENOR – JUEZ DE MENORES – FACULTADES DEL JUEZ

Declarado el menor penalmente inimputable por el juez de menores, lo relativo a su guarda es una cuestión propia de la justicia nacional en lo civil que debe seguir interviniendo, ya que las atribuciones tutelares del juez penal no inhiben la futura actuación de aquél (art. 3, ley 24.270) (*).

REFERENCIAS
Referencias Normativas: Ley 24.270 Art.3

DATOS DEL FALLO
CÁMARA NACIÓNAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL, CAPITAL FEDERAL
Sala 07 (Bonorino Peró, Piombo.)
A., G. s/ COMPETENCIA
SENTENCIA del 5 DE FEBRERO DE 2002

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