EXPROPIACIÓN – DESPOSESIÓN

La desposesión exterioriza la voluntad de afectar las propiedades en razón de causa de utilidad pública o interés general, actuando así de conformidad a lo normado por los arts. 3, 8 y 9 de la ley 5708.

REFERENCIAS
Referencias Normativas: Ley 5.708 de Buenos Aires Art.3, Ley 5.708 de Buenos Aires Art.8 al 9

DATOS DEL FALLO
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, LA PLATA, BUENOS AIRES
(Pettigiani-Hitters-San Martín-Negri-de Lázzari)
Faut, Pedro y otros c/ Provincia de Buenos Aires s/ Expropiación inversa
SENTENCIA del 24 DE OCTUBRE DE 2001

Posted in Posadas Misiones.