LEY SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO

Partiendo de una perspectiva teleológica, apegada menos a la fría letra de las normas y a su interpretación puramente exegética que a una valoración centrada en el bien jurídico tutelado por la Ley de Riesgos del Trabajo -la indemnidad psicofísica de los trabajadores, y el condigno derecho a la reparación cuando ésta se ha visto dañada-, pienso que no existen obstáculos jurídicos de peso que impidan la aplicación inmediata de la nueva legislación a casos ocurridos con anterioridad a la fecha de su entrada en vigencia.

FALLOS
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA , LA PLATA, BUENOS AIRES
(Genoud – Negri – Kogan – Hitters – de Lázzari – Pettigiani – Soria.)
MARTINEZ ORTEGA, LORENZO JAVIER. c/ GUZMAN, ANA HAYDEE y OTRO. s/ ACCIDENTE IN ITINERE.
SENTENCIA, 117997 del 19 DE OCTUBRE DE 2016

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