PRIVACION ILEGAL DE LA LIBERTAD – RÉGIMEN PENAL DE LA MINORIDAD

No equivale a privación de la libertad el término durante el cual el menor fue objeto de la disposición prevista en el artículo 3 de la ley 22.278, ya que esta última medida no significa encarcelamiento, y, por ende, no se compensa con el encierro que eventualmente corresponda a título de pena.

REFERENCIAS
Referencias Normativas: Ley 22.278 Art.3

DATOS DEL FALLO
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, RAWSON, CHUBUT
Sala PENAL (Fernando Royer José Luis Pasutti Daniel Caneo)
N., M.G. s/ Incidente de Ejecución de Pena
SENTENCIA del 29 DE SETIEMBRE DE 2005

Posted in Posadas Misiones.