Corresponde rechazar la queja desde que los agravios de la empleadora remiten a cuestiones reservadas a los jueces de la causa, sin que se infiera de la indemnización fijada y de los cálculos respectivos, vulneración a derechos o garantías constitucionales.
En el caso, la impugnante considera que la sentencia se apartó infundadamente de lo resuelto por esta Corte in re “Peger Meliton c. SanCor C.U.L.”, en tanto se desentendió de la “previa calificación de la cosa como riesgosa”, condenando al pago de las indemnizaciones pertinentes sobre la base de presunciones que no podían admitirse por haberse optado por la vía civil del artículo 1.113 del Código de fondo.
Mas, de la lectura del pronunciamiento en crisis claramente se advierte que el razonamiento seguido por la Cámara de ningún modo luce irrazonable o inmotivado desde que, partiendo justamente de pautas sentadas por la Corte nacional (“Nobriega c. Y.P.F”) y recepcionadas en el caso “Peger”, determinó y analizó las labores que llevaba a cabo el actor para la empresa accionada y el modo en que las realizaba, concluyendo “…que la minusvalía reconoce como causa única al factor de atribución de responsabilidad ‘riesgo de la cosa’ (Art. 1.113 Cód. Civil)…”, sosteniendo que “…no pueden caber dudas de que el peso de la masa de los quesos demandó esfuerzo físico al actor, el cual fue idóneo para causar la afección que ocasiona la minusvalía laboral- (síndrome lumbo sacro por sobrecarga anormal crónica)…”.
REFERENCIAS
Referencias Normativas: Ley 340 Art. 1113
DATOS DEL FALLO
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SANTA FE, SANTA FE
(GUTIERREZ – GASTALDI (CON AMPLIACION DE FUNDAMENTOS) – NETRI – VIGO)
MORENO, LUIS A. c/ RUIZ Y TREMBLAY S.R.L. s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD – ORDINARIO – DAÑOS Y PERJUICIOS – LEY 11025 – LABORAL (EXPTE.: C.S.J. NRO. 19 AÑO 2006)
SENTENCIA del 16 DE AGOSTO DE 2006