La observancia de los reglamentos regulatorios del tránsito le corresponde tanto al conductor como al peatón, por lo que, al haber este intentado el cruce de la calzada fuera de la senda peatonal, sorprendiendo al conductor, que circulaba a velocidad reglamentaria y por su mano, constituye una expresión de culpa del peatón habida cuenta que, si bien debe conservarse en todo momento el dominio sobre el vehículo, tal extremo no puede ser exigido al punto de responsabilizar al conductor por las manifiestas imprudencias cometidas por los peatones.
FALLOS
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL , CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL
Sala H (Sebastián Picasso, Liliana E. Abreut de Begher, Claudio M. Kiper)
Derito, Verónica Laura c/ Martiarena, Marcelo Daniel y otro s/ daños y perjuicios
SENTENCIA, 629290 del 11 DE DICIEMBRE DE 2013