RIESGOS DEL TRABAJO – ACCIDENTE IN ITINERE – TRAYECTO – DOMICILIO: CONCEPTO

El criterio dominante para valorar los acaeceres que incluyen dentro de la protección genérica que se conoce como accidente in itinere, debe calificarse como restrictivo y halla su razón de ser en la circunstancia de que su cobertura no dimana de ningún riesgo profesional, sino que es consecuencia del riesgo de autoridad que hace se considere que el trabajador comienza a encontrarse a disposición de su empleador a partir del momento en que se dispone a dirigirse directamente al trabajo, y en tal sentido, a efectos de cubrir las instancias necesarias para su amparo, el trabajador debe extremar los medios probatorios para convalidar su afirmación (cfr. C.N.A.T., Sala VII, sent. del 07.11.89 “Cano, Juan C. c/ Mercedes Benz Argentina”). (Disidencia del Dr. Fernández).

DATOS DEL FALLO
CÁMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL
Sala 02 (Dorado-Herrero-Fernández.)
“VINISKY, MARTÍN GERARDO Y OTROS c/ Consolidar A.R.T. S.A. yotro s/ Ley 24.557”.
SENTENCIA, 140783 del 3 DE MARZO DE 2011

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