Sancionan por temeridad a una abogada que ocultó el fallecimiento de su representada durante seis años

Abogados. Temeridad y malicia. Multa. En el marco de un proceso de ejecución de honorarios, confirma la multa aplicada a una abogada por incurrir en una conducta reñida con la norma descripta en el art. 45 del CPCCN, al ocultar que la ejecutada había fallecido una semana antes de la subasta y denunciar el hecho recién seis años después de la muerte, lo cual obligó a suspender el acto de remate. Considera que la conducta desplegada por la letrada resultó desleal y reprochable al mantener oculto el fallecimiento de la ejecutada, por lo que la declaración y la multa impuesta en la instancia de grado no se presentan como desmesuradas en orden al actuar descuidado y temerario de la apelante, motivo por el cual las sanciones deben ser confirmadas.

SENTENCIA
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL
CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
29 de Abril de 2016
Id SAIJ: NV14446

Posted in Posadas Misiones.