Ley 23.798
Tener VIH nunca puede impedirte el ingreso a una obra social o prepaga. Tampoco pueden cobrarte un arancel diferente. Además, los tratamientos están cubiertos en un 100%.
La enfermedad
¿Qué es el SIDA?
SIDA significa Síndrome (un conjunto de síntomas) de Inmunodeficiencia (que ataca al sistema inmulógico, tus defensas) Adquirida (no es hereditaria, sino causada por un virus que se llama VIH o HIV).
¿SIDA y VIH son lo mismo?
No: VIH es el virus; SIDA es la enfermedad causada por el virus.
Tener VIH no significa tener SIDA. Una persona puede tener VIH y no haber desarrollado la enfermedad. Sin embargo, puede contagiar a otras personas mediante relaciones sexuales sin la protección de un preservativo, compartiendo jeringas u otros elementos que hayan tenido contacto con su sangre, amamantando a su bebé, etc.
Test de VIH
¿Estoy obligado a hacerme la prueba de VIH?
No, salvo en los siguientes casos:
- Donación de sangre.
- Donación de órganos para trasplante.
De todos modos, es bueno que te hagas la prueba porque cuanto más rápido sepas si tenés VIH, más rápido podrás iniciar el tratamiento y mejorar tu calidad de vida.
¿Estoy obligado a informar que tengo VIH?
No. La ley de Prevención y Lucha contra el SIDA y la ley de Derechos del Paciente protegen toda la información sobre tu salud.
¿Cuándo es obligatorio que me ofrezcan hacer el test de VIH?
Es obligatorio que te ofrezcan realizar el test del VIH si tuviste alguna enfermedad como neumonía severa, tuberculosis, cualquier infección de transmisión sexual, entre otras.
También es obligatorio que ofrezcan hacer el test de VIH a la pareja de la mujer embarazada.
No es necesaria una orden firmada por un médico para la realización del test de VIH.
¿En algún caso los médicos pueden dar información sobre pacientes con VIH?
Sólo deben informar en los siguientes casos:
- A la autoridad sanitaria los casos que detecten, dentro de las 48 hs de confirmado el diagnóstico. Esta información está protegida por normas de seguridad y todos tus datos serán codificados.
- A los padres o responsables cuando la persona que tiene VIH es un niño o una persona con discapacidad.
- A otro profesional médico, cuando sea necesario para el tratamiento de la persona infectada o enferma.
- A los entes del Sistema Nacional de Sangre.
- Al Director de la institución hospitalaria o al Director del servicio de hemoterapia que atienden a personas infectadas, cuando sea necesario para su asistencia.
- Al juez si lo ordena en causas criminales o en las que se ventilen asuntos de familia.
- Bajo responsabilidad del médico, a quienes deban tener esa información para evitar un mal mayor.
¿Estoy obligado a informar a mi empleador que tengo VIH?
No. Los exámenes preocupacionales tampoco pueden incluir el examen de detección, a menos que des tu consentimiento informado.
Esto quiere decir que sólo podrán hacerte el análisis si aceptás que te lo hagan y luego de que te hayan informado para qué quieren saberlo.
Obras Sociales
Si quiero ingresar a una obra social o prepaga, ¿estoy obligado a hacerme el análisis?
No.
Pero si sabés que tenés VIH, tenés que decirlo en la declaración jurada sobre tu estado de salud. Esta declaración nunca puede impedir tu ingreso a la obra social o prepaga. Tampoco pueden cobrarte un arancel diferente.
¿Mi obra social o prepaga tiene que cubrir el tratamiento si tengo VIH?
Sí. Los tratamientos están incluidos en el Programa Médico Obligatorio y tienen cobertura del 100%. Esta obligación rige también para las empresas de medicina prepaga. Incluye tratamiento psicológico.
Personas privadas de libertad
¿Existe algún régimen especial para las personas privadas de su libertad que tienen VIH?
Sí. Cuando la persona privada de libertad tiene la enfermedad, puede pedir la prisión domiciliaria.
Es importante saber que en ningún caso se puede someter a la persona a análisis sin su consentimiento informado.
Los médicos y el personal penitenciario deben asegurar la confidencialidad de la información.