La edad en la que podes empezar a trabajar es a partir de los 18 años, pero si tenés 16 años, podes hacerlo con la autorización de tus padres o representantes.
El trabajo de las personas menores de 16 años está prohibido por la ley. Pero hay una sola excepción: si cumpliste 14 años podes trabajar en la empresa de tu padre, madre o tutor.
En estos casos, podés trabajar 3 horas diarias o 15 semanales. Tenés que cumplir con la asistencia escolar y no hacer tareas riesgosas o que perjudiquen tu salud.
La jornada de trabajo que podes cumplir si ya tenés 16 años es de 6 horas por día o 36 horas semanales. Sólo con permiso del Ministerio de Trabajo esa jornada puede llegar a 8 horas diarias o 48 horas semanales.
Si tenés menos de 18 años no podés trabajar entre las 20:00 y las 6:00 hs.
En las fábricas que tienen tres turnos diarios de ocho horas, está prohibido el trabajo de menores de 18 años entre las 22:00 y las 6:00 hs.
Tu sueldo no puede ser menor si tu jornada de trabajo es igual a la de los demás trabajadores o tus tareas son las mismas que hacen los trabajadores mayores de edad.
Tu licencia anual de vacaciones no puede ser de menos de quince días.
El trabajo de menores es delito. El Código Penal establece prisión de 1 a 4 años para quien haga trabajar a menores
Podes estar en juicio por cuestiones relacionadas con tu trabajo.