En este artículo aprenderás cuales son los requisitos básicos establecido por la Ley de Habeas Data para que puedas salir del veraz en tan solo cinco (5) días.
En primer lugar debemos tener presente que ante una deuda todo acreedor tiene el derecho de cobrar su crédito. Y ese cobro debe realizarlo dentro de un tiempo determinado, que tiene que estar previamente establecido por las cláusulas del contrato, o de lo contrario, ese plazo lo establece la ley.
En otras palabras, el acreedor tiene un plazo de tiempo para cobrar su crédito, luego del cual, va perdiendo esa facultad de percibir el pago. Si no cobra dentro de ese lapso de tiempo, el deudor se libera de pagar esa deuda, porque opera una prescripción liberatoria, y la deuda que pesaba sobre él ya no será exigible judicialmente.
Generalmente el plazo legal para cobrar una deuda en forma judicial que tiene un acreedor, es de dos años desde que el deudor cayó en mora. A partir de ese momento el deudor puede rechazar judicialmente cualquier intento de cobro por vía judicial precisamente por esa prescripción liberatoria que antes mencionábamos.
En segundo lugar debemos tener en cuenta que como esos dos años son un plazo muy breve, la ley le permite a los acreedores, a través de las distintas bases de datos comerciales como el de Equifax Veraz, el Banco Central, etc., informar a los otros comerciantes que operan en el mercado crediticio, laboral, inmobiliario, etc., la conducta financiera de una determinada persona, y ese informe sólo puede realizarlo tan solo durante cinco (5) años. Luego del cual, se puede gestionar que se suprima de esas bases de datos esos informes negativos.
En otras palabras, transcurrido cinco (5) años de mora, se puede salir del veraz solicitando a esas bases de datos comerciales que dejen de informar a otros posibles acreedores, esa mora que ocurrió hace más de cinco años atrás.
Ahora, quienes están en condiciones de salir del veraz?, y en cuanto tiempo puedo limpiar mi firma?…. Es una respuesta que tiene algunas variantes, pero que en el siguiente artículo seguiremos comentando.