Ley 24.714
La asignación por ayuda escolar se cobra al inicio del año escolar por cada hijo que va al nivel inicial, primario o secundario.
Asignaciones familiares
¿Qué son las asignaciones familiares?
Una suma que ANSES paga frente diferentes situaciones de la vida: casamiento, embarazo, nacimiento o adopción de un hijo, escolaridad de los hijos, etc.
Ayuda escolar anual
¿Qué es la asignación por ayuda escolar?
Es una suma que se paga una vez al año (en marzo) por cada hijo que va a la escuela inicial, primaria o secundaria. Puede ser una escuela pública o privada. También pueden cobrar la asignación los padres de hijos que van a escuelas especiales, de rehabilitación o talleres protegidos para personas con discapacidad.
Requisitos
¿Quiénes pueden cobrar esta asignación?
Los trabajadores que cobran un sueldo menor a las sumas fijadas por la normativa y tienen derecho a la asignación por hijo. Podés consultar los topes en ANSES.
¿Pueden cobrar la asignación por ayuda escolar los dos padres?
No. Sólo puede cobrarla uno de los padres.
¿Pueden cobrar esta asignación las personas que cobran asignación por hijo con discapacidad?
Si. En esos casos, para cobrar la ayuda escolar no existen topes mínimos ni máximos de ingresos del grupo familiar.
Datos de interés
Si cobro la prestación por desempleo, ¿puedo cobrar esta asignación?
Si.
Si tengo dos trabajos ¿cómo cobro esta asignación?
Podés cobrarla solamente en el empleo en el que tengas mayor antigüedad.
¿Pueden embargar esta asignación?
No
¿Debo pagar impuestos por esta asignación?
No
¿Se toma en cuenta el monto de esta asignación para calcular mi aguinaldo?
No
¿Se toma en cuenta el monto de esta asignación para calcular la indemnización por despido?
No
Monotributistas
¿Tengo derecho a cobrar la asignación por ayuda escolar si soy monotributista?
Sí. Tenés que tener tus pagos al día.
¿Qué categoría del monotributo debo tener para cobrar esta asignación?
Cualquier categoría menor a la I. Si tenés un hijo con discapacidad, podés cobrar la asignación de ayuda escolar por hijo con discapacidad aunque tu categoría sea I o superior.
¿Qué pasa si en mi grupo familiar somos dos monotributistas?
Puede cobrar la asignación por ayuda escolar anual el que tiene la categoría más alta. Si alguno de los dos tiene categoría I o superior, no pueden cobrar esta asignación. Si tienen un hijo con discapacidad, el que tiene la categoría superior puede cobrar la asignación por ayuda escolar por hijo con discapacidad aunque tenga categoría I o superior a I.