Se rechaza la demanda atento la falta de demostración de que la demandada condujera y fuera dueña o guardián de un automotor que colisionara a la motocicleta guiada por la actora en el lugar y fecha indicados al deducirse la acción -artículos 1113 C.C.; 375, 384, 456 y ccds. C.P.C.-. Tampoco se acreditó la relación de causalidad entre las lesiones de la actora y el hecho invocado como originante.
REFERENCIAS
Referencias Normativas: Ley 340 Art.1113, Ley 17.454 Art.375, Ley 17.454 Art.384, Ley 17.454 Art.456
FALLOS
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL , PERGAMINO, BUENOS AIRES
(Levato Degleue Louise)
AUBEL, ANA NOEMÍ c/ FONTANA, LAURA NOEMÍ Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM.C/LES.O MUERTE (EXC.ESTADO) (99)
SENTENCIA, 1307 del 6 DE SETIEMBRE DE 2012