La indemnización otorgada en concepto de incapacidad sobreviniente a la víctima de un accidente de tránsito, debe ser confirmada, dado que el recurso de apelación evidencia un disgusto o disconformidad con la suma fijada, y estando ella inserta dentro del prudente arbitrio judicial, la utilización del baremo que menciona de la total obrera no puede constituir razonable fundamento para modificarla.
FALLOS
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL , PERGAMINO, BUENOS AIRES
(Scaraffia – Degleue)
Zeballos, Patricia c/ Aguilar, Luis y Otro s/ Daños y Perjuicios
SENTENCIA del 22 DE NOVIEMBRE DE 2013