ALIMENTOS – OBLIGACIÓN ALIMENTARIA – HIJO MAYOR DE EDAD

Los padres tienen la obligación de asistir a sus hijos, a fin de que puedan lograr una autonomía tal que les permita en su oportunidad realizarse en la vida y enfrentar por sí solos la dura tarea de ser padres y llevar adelante una familia. La situación económica actual en el ámbito mundial exige una mayor y mejor capacitación y, si bien la obtención de un diploma no garantiza la inserción laboral, al menos aumenta considerablemente la probabilidad de conseguir empleo. Los padres no pueden negarle apoyo y asistencia a sus hijos mayores de edad cuando éstos están capacitándose normalmente para poder ingresar al mercado laboral.

DATOS DEL FALLO
CÁMARA CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y MINERÍA, TRELEW, CHUBUT
Sala B (Sergio Rubén Lucero Aldo Luis De Cunto)
L., D. c/ L., C.A. s/ Alimentos
SENTENCIA, 10-C-09 del 6 DE MARZO DE 2009

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