CUOTA ALIMENTARIA – PRUEBA

Debe confirmarse la sentencia que aumentó la cuota alimentaria, en tanto la crítica que versa sobre el caudal de ingresos tomados en cuenta por el aquo, no puede ser acogida, dado que el accionado no ha arrimado prueba que permita neutralizar los dichos de la reclamante, cuando ciertamente por la teoría de la carga dinámica probatoria, se asienta dicho imperativo por quien esté en mejores condiciones de acreditar un aserto.

FALLOS
CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL , PERGAMINO, BUENOS AIRES
(Scaraffia – Levato – Degleue)
S.,M.E. c/ H.,G.F. s/ IACA
SENTENCIA del 26 DE NOVIEMBRE DE 2013

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