CUOTA ALIMENTARIA: DETERMINACIÓN

En la determinación de la cuota alimentaria, constituye una ecuación insoslayable la compatibilización entre necesidad y posibilidad; en tal sentido la fijación en porcentuales contempla adecuadamente tal delicado equilibrio desde que implica una valoración de los dos extremos. Luego, la modalidad es ventajosa fundamentalmente para el alimentado desde que tendrá asegurado el aumento de la cuota en función del crecimiento salarial del obligado y, como contrapartida, también lo es para el alimentante para los supuestos de disminución de sus ingresos fijos. Ha de decirse, entonces que contempla adecuadamente las pautas que deben ser consideradas en la materia y que evita la proliferación de incidentes tanto de aumento como de disminución de cuotas ante eventuales modificaciones de las entradas, evidenciando, entonces, sólidos fundamentos de economía procesal.

DATOS DEL FALLO
CÁMARA CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y MINERÍA, COMODORO RIVADAVIA, CHUBUT
Sala A (Silvia N. Alonso de Ariet Julio Antonio Alexandre)
A., P.G. c/ C., M. s/ Alimentos
SENTENCIA, 87-C-06 del 1 DE DICIEMBRE DE 2006

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