DOMINIO – ANIMUS DOMINI – PRESCRIPCION ADQUISITIVA

Existe consenso en doctrina y jurisprudencia que la posesión válida a los efectosde la prescripción adquisitiva debe ser animus domini, pública, continuada y pacífica e ininterrumpida por todo el tiempo legalmente establecido para que opere aquella.

DATOS DEL FALLO
CÁMARA DE APEL. EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y DE MINERÍA, NEUQUENSala 02 (Federico Gigena Basombrío -Patricia Clerici)I.M.P.S. c/ VILLALOBOS GUERRERO SILVIA D. C. s/ ACCIÓN REIVINDICATORIASENTENCIA del 30 DE AGOSTO DE 2011

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