No sólo el concepto lato de propiedad se halla amparado por la disposición del art. 181 del Código Penal, sino también el ejercicio de los derechos reales establecidos sobre el inmueble, la posesión y la tenencia, agregando algunos doctrinarios que la protección también se extiende a la cuasiposesión.
REFERENCIAS
Referencias Normativas: Ley 11.179 – TEXTO ORDENADO POR DECRETO 3992/84 Art.181
DATOS DEL FALLO
CÁMARA DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL, SANTIAGO DEL ESTERO, SANTIAGO DEL ESTERO
Cámara 04 (SEILER-LUNA ROLDAN-TURK)
ESTADO PROVINCIAL c/ BERNARD DANIEL ALBERTO s/ USURPACIÓN DE PROPIEDAD
SENTENCIA, 11564 del 3 DE MARZO DE 2003