(Cuál resultaría entonces el impedimento para que, una vez vencido el período de ILT (a cargo de la aseguradora), el empleador abonara salarios durante el plazo de conservación de empleo? No existen obstáculos para que el empleador supere los beneficios mínimos concedidos a los trabajadores por las leyes laborales. Esta liberalidad que en definitiva resultó un beneficio para el aquí actor —quien percibió salarios por un año cuando no le correspondían—, no puede interpretarse como una mayor carga para el demandado relativa a la ampliación del plazo en que subsiste el deber de ocupación.
DATOS DEL FALLO
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, VIEDMA, RIO NEGRO
Sala LABORAL (BALLADINI-LUTZ-SODERO NIEVAS (POR SUS FUNDAMENTOS: BALLADINI: F0033597; F0033598; F0033599; F0033600; F0033601; F0033602; F0033603; F0033604; F0033605; F0033606 y F0033607))
F., S. DEL C. c/ KLEPPE S.A. s/ ORDINARIO S/ INAPLICABILIDAD DE LEY
SENTENCIA, 0000000038 del 28 DE ABRIL DE 2006