ACCIDENTES DE TRABAJO – COMISIONES MEDICAS – INCONSTITUCIONALIDAD

Corresponde declarar la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del art. 1º, ley 27.348 en cuanto impide una “acción judicial expedita” a la parte actora a quien considero eximida de promover con carácter obligatorio y excluyente el procedimiento administrativo ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales.

REFERENCIAS
Referencias Normativas: LEY 27.348 Art.1

FALLOS
JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO Nro 41 , CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL
(Segura)
Martínez, Nancy Mabel c/ QBE Argentina ART S.A. s/ Accidente – Ley especial
SENTENCIA del 8 DE MARZO DE 2017

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