Condenan a un hombre de 52 años en orden al delito de acoso sexual tecnológico de menores, cometido en perjuicio de dos adolescentes varones de 14 y 15 años de edad, mediante la utilización de una red social. Manifiesta que el imputado al tomar contacto con las víctimas le preguntó expresamente su edad, con el propósito de generar un encuentro personal con los mismos, para lo cual se trasladó hasta la ciudad en que residían los menores -200km de distancia de su domicilio- después de insistentes anuncios y de manifestar su intención de pasar el mejor fin de semana de su vida. Agrega que la finalidad de afectar la integridad sexual de los niños se infiere de sus comentarios de contenido sexual, al hablarles de masturbación, expresarles que dormía desnudo, preguntar sobre la virginidad y si dormían con ropas, prometerles entregas de dinero, regalos e invitaciones a comer y a trasladarse a su lugar de residencia.
Faraoni, José María s/ acoso sexual tecnológico de menores (Groming)
SENTENCIA
JUZGADO EN LO CORRECCIONAL Nro 1
BAHIA BLANCA, BUENOS AIRES
1 de Septiembre de 2015
Id Infojus: NV13162