Acuerdo Plenario n° 194 s/ Nuevo Código Civil y Comercial

Nuevo Código Civil y Comercial. Prevé la forma en que se va a aplicar la nueva Ley a las causas que lleguen a la Cámara de Apelaciones de Trelew en grado de apelación, que tramitaron bajo las normas de los Códigos Civil y de Comercio y en las que se dictó sentencia a la luz de esos cuerpos. Refiere que una vez dictada la sentencia de grado en una causa bajo el régimen de los Códigos de Vélez Sarsfield y Acevedo, se produce una consolidación jurídica de la causa o un “consumo jurídico”, que lleva aparejada la consecuencia de que en las sucesivas instancias judiciales habrá de revisarse la sentencia de grado a la luz del mismo ordenamiento bajo cuyo amparo ella se dictó. Ello así con excepción de aquellos supuestos que se pudieran presentar como hechos en curso de ejecución, esto es, que no se agotaron con el dictado de la sentencia sino que comenzaron a existir a partir de ella.

SENTENCIA
CAMARA DE APELACIONES
TRELEW, CHUBUT
15 de Abril de 2015
Id Infojus: NV11117

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